Baño León Abogados, valorado en la prensa por la excelencia de sus servicios profesionales
Nadie es profeta en su tierra, o sí. Las Provincias, diario de noticias y actualidad de Valencia, publica hoy un extenso reportaje sobre nuestro Despacho…
Somos un bufete de abogados especializado en derecho administrativo y
todas sus áreas relacionadas, incluyendo, entre otros, el derecho
urbanístico, el derecho medioambiental, el derecho regulatorio y el
derecho de la competencia.
A lo largo de nuestros 30 años de experiencia, nos hemos caracterizado
por ofrecer un asesoramiento legal independiente, riguroso y de alta
calidad.
Nuestra trayectoria está guiada por un marcado enfoque académico. Desde
nuestro socio fundador hasta nuestros abogados más jóvenes buscamos
compaginar la práctica del derecho con su estudio, participando
activamente tanto en la Universidad, en clases magistrales, seminarios y
otros tipos foros para transmitir y poner en común el mejor conocimiento
del derecho administrativo.
Los directorios jurídicos más prestigiosos y nuestros clientes durante
todos estos años avalan nuestro trabajo y nos empujan a mejorar y seguir
aprendiendo cada día.
El derecho administrativo es la principal área de especialización de Baño León. Contamos con muchos años de experiencia asesorando en asuntos públicos a personas y entidades, brindando una comprensión profunda del marco regulador español...
Con amplia experiencia en planeamiento urbanístico, asistimos en una amplia gama de proyectos relacionados con la gestión del suelo, urbanización y trámites relacionados con el ordenamiento territorial...
Una parte importante de nuestra práctica se dedica a asesorar a administraciones locales en sus operaciones y servicios. Tenemos una sólida trayectoria en la resolución de casos legales complejos relacionados con entidades locales...
Nadie es profeta en su tierra, o sí. Las Provincias, diario de noticias y actualidad de Valencia, publica hoy un extenso reportaje sobre nuestro Despacho…
A nadie escapa la relevancia práctica del artículo 42.4 de la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003, de 17 de noviembre), que se refiere al régimen específico de la caducidad en el procedimiento de reintegro, pues dicho precepto ha obligado a numerosos afectados (tanto administraciones como particulares) a ejercitar acciones ante los tribunales con el objeto de declarar la caducidad de dichos procedimientos de reintegro y anular la resolución final que pone fin a dichos expedientes.